lunes, marzo 17

García-Castellón presenta caso Tsunami por su error de un día al extender el caso hasta 2021

El juez de instrucción de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón dio su conformidad a finales de este lunes archivar la causa del tsunami democrático en el que investiga a diez personas, entre ellas la secretaria general de ERC, Marta Rovira, prófuga de la Justicia. El juez acepta así el error que, unas horas antes, la propia Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional había señalado en una resolución en la que admitió el recurso de un investigador que consideraba que la información judicial debía quedar sin efecto ya que, en julio 2021. , se extendió 24 horas después de lo establecido por la ley, vulnerándose así su derecho a la tutela judicial efectiva.

Es por ello que García-Castellón propuso al Tribunal Supremo (TS) investigar al expresidente catalán. Carles Puigdemont por el terrorismo, delito no previsto en la ley de amnistía. Por ello, comunicó su decisión al Tribunal Superior para que decidiera en consecuencia si destituía o no al líder de Junts.

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dictó a media mañana un auto que no dejó contenido la parte más importante de la investigación del tsunami que García-Castellón ordenó contra dirigentes y activistas secesionistas y por el que el Tribunal Supremo, tras presentación razonada del juez, acusó al expresidente catalán de terrorismo.

Los jueces Alfonso Guevara, Carlos Fraile y Ana María Rubio admitieron así un recurso de la investigadora Marta Molina Álvarez, secretaria de Movimientos Sociales de ERC, e invalidaron todas las diligencias de investigación acordadas por el Juzgado Central de Instrucción 6 después del 29 de julio de 2021fecha en que finalizó la prórroga de la investigación acordada en enero del mismo año.

La defensa de Molina alegó una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y a un procedimiento con las garantías necesarias, ya que el juez acordó ampliar la investigación por otros seis meses. un día después de la fecha límite autorizado por ley, el 30 de julio en lugar del 29 de julio de hace tres años.

Los magistrados, en el auto de ese mismo lunes y del que Carlos Fraile era presidente, invalidaron todas las diligencias de instrucción acordadas desde esa fecha para que García-Castellón dictara auto de sobreseimiento, como acabó haciéndolo. solo unas horas despuéso procesar al acusado si se reunieron ante él pruebas suficientes.

García-Castellón insiste en que ve signos de terrorismo para continuar la investigación, pero reconoce que, al no haber recogido las declaraciones de los interrogados dentro del plazo legal, no puede continuar con este procedimiento. Tuvo que interrumpir sus vacaciones, previstas para dos semanas, para dictar la citada orden de archivo.

El papel de la Corte Suprema

Resulta que la mayoría de los procedimientos de investigación, que comenzó hace cuatro años, se practicaron durante los tres últimos, fuera del plazo limitado por el tribunal penal. Y el informe de la Unidad Central Especial número 3 (UCE-3) de la Guardia Civil, en el que se basó el magistrado para, por un lado, acusar de terrorismo a la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y a otras nueve personas gente. y, por otro lado, presentar una declaración motivada al Tribunal Supremo por el mismo delito contra Puigdemont y el diputado regional Rubén Wagensberg (ERC), ambos certificados, entregada a la Audiencia Nacional el 2 de noviembre del año pasado.

Entonces, García-Castellón declaró en su resolución que «las diligencias practicadas en las últimas semanas han permitido corroborar, por el carácter provisional del momento, algunas» de las pruebas obtenidas durante la investigación. cuatro años desde que duró la investigación. También fue el pasado mes de noviembre cuando entró en los juzgados el documento de los Mossos d’Esquadra sobre los disturbios en el aeropuerto de El Prat de Barcelona el 14 de octubre de 2019 tras una llamada de tsunami.

Este informe incluía informes elaborados por la policía catalana que revelaban, como explicó García-Castellón en su presentación ante el Tribunal Superior, «el uso de artefactos, sustancias y armas en acción de bloqueo del aeropuerto por los manifestantes» e incluso «un proyectil con el que se lanzaron piezas metálicas», una suerte de honda con la que presuntamente resultó herido un agente.

Estos informes constituyeron la principal prueba en la que se basó el instructor para establecer el terrorismo. «El análisis de estos informes permite deducir elementos relevantes para calificar el terrorismo como delito», justificó, considerando que «fue posible perturbar el servicio de aviación civil internacional y los servicios de seguridad aeroportuaria, poniendo en peligro la seguridad aeroportuaria». «aeropuerto y tráfico aéreo», que se impidió a los pasajeros el acceso al avión y que existía «un riesgo para la integridad física de las personas». También atribuyó la muerte de un hombre al tsunami. Nacionalidad francesa. Precisamente este último hecho y los disturbios de El Prat son los más graves del caso, según fuentes judiciales cercanas a la investigación.

Tras la decisión del Tribunal Supremo de retomar la investigación sobre el Tsunami en lo que afecta a Puigdemont y Wagensberg, las decisiones que han tomado este lunes la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y el propio juez instructor han permitido la última palabra sobre la acusación del expresidente catalán en manos del TS, aunque todo indica que será difícil seguir apoyándole.

Declaraciones de los acusados

La jueza Susana Polo está a cargo del caso Tsunami ante el Tribunal Supremo y el pasado viernes acordó preguntar a las partes si consideraban oportuno presentar una denuncia. cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea tras la entrada en vigor de la ley de amnistía. El movimiento nació a petición de acusaciones populares y a raíz de las dudas surgidas sobre la incompatibilidad de la aplicación de la norma en casos de terrorismo según el derecho comunitario.

Puigdemont, que sigue prófugo de la justicia española, aún no ha prestado declaración como investigador de estos hechos, al igual que los imputados ante la Audiencia Nacional. Fuentes de la investigación señalan a ABC que existe jurisprudencia del Tribunal Supremo, tanto a favor como en contra de la posibilidad de tomar declaración en esta fase de la instrucción si García-Castellón hubiera decidido proseguir la causa con pruebas antes de 2021.

Desde la defensa aseguraron, antes de conocer el expediente del instructor, que «No hay fundamento para mantener el caso contra Puigdemont con lo investigado hasta 2021 así como contra los imputados a quienes el juez aún no ha citado a declarar.

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