sábado, julio 27

El TSJC es el desafío de Vox al ILP para declarar la independencia

Alfombra a la Querella de Vox en contra de Mesa del Parlamento aprobar una iniciativa legislativa popular (ILP), registrada el 2 de febrero para formación extraparlamentaria Solidaridad Catalana por la Independencia. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) lo ha rechazado, tal y como ha establecido el Tribunal Fiscal, al considerar que «pesar la posible apariencia delictiva de aquellos», no entraña ningún elemento o principio preocupante. Del mismo modo, rechaza la denuncia de Ciudadanos por el mismo motivo.

En el auto, la Sala Civil y Penal señala que una interpretación de la ley no justifica la apertura de procesos penales para la investigación de personas meramente sospechosas, ya que si pueden ser constitutivas del delito, se dice: «a investigación prospectiva sin proporcionar una indicación objetiva de la realidad del propio conocimiento del demandante».

Por su parte, el Ministro Público solicitó el expediente de escritos que enviamos a No apreciamos señales de abuso o desobediencia. en la conducta de la presidenta de la Cámara Catalana, Ana Erra (Junts), ni en los secretarios Aurora Madaula (Junts) y Carles Riera (CUP), que fueron los tres miembros del órgano que votaron a favor de su admisión y en contra. El partido de Ignacio Garriga formalizó la queja penal.

El texto presentado, que más que la Cámara Autónoma declara la Independencia unilateral de Cataluña., fue admitido el 20 de febrero a pesar de la advertencia de inconstitucionalidad por parte de los servicios jurídicos del Parlamento. Posteriormente, el pleno del Tribunal Constitucional acordó por unanimidad admitir a trámite el recurso presentado por el Gobierno de Pedro Sánchez contra el ILP y suspender su tramitación. Según la denuncia de Vox, la iniciativa debería ser inadmisible por parte de la Mesa, como así lo acordó la forma del escrito de la Cámara. También se señaló que Erra, Madaula y Riera conocían la inconstitucionalidad de la iniciativa del auto y de los fallos del Tribunal Constitucional sobre la materia, lo que derivó en procesos penales contra varios de sus antecesores en el cargo.

Los magistrados del TSJC dicen ahora que no hay indicios de abuso o desobediencia. En el primer caso, señalan, porque sólo se pueden plantear cuestiones de carácter administrativo, sin que pueda calificarse como tal la decisión de admitir a través de una iniciativa legislativa popular, con independencia de su posible cumplimiento o no de las disposiciones constitucionales. ley.

En el caso de desobediencia porque ni la denuncia, ni siquiera la denuncia que interpuso Ciudadanos ante la Fiscalía, describiendo la orden concreta o mandato directo a los actuales miembros de la Mesa, dictado por un tribunal ordinario o por los Constitucionales referidos al ILP. «No se trata de si es necesaria una solicitud expresada en respuesta a la comisión del delito de desobediencia, hasta que exista una orden o mandato concreto y directo para dar o no una directiva al funcionario o autoridad de que se trate» , reza el auto.

Los magistrados recordaron que el acuerdo de la Mesa ya había sido suspendido por el TC, órgano encargado de controlar la actividad parlamentaria de las cámaras, pero como un nuevo supuesto sobre lo que no se pronunció hoy, además iniciativa legislativa popular si se asemeje a otras previamente declaradas inconstitucionales.

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